Elección de puestos de Junta Directiva: Vicepresidencia, Segunda Vocalía, Tercera Vocalía y el puesto de la Fiscalía del Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica.
Primero: Que el Tribunal Electoral con la facultad conferida en el artículo 7 inciso e) y artículo 32 del Reglamento para el Trámite de las Elecciones del Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica, procede a emitir la declaratoria oficial de candidaturas para el período 2025-2027.
Segundo: Que el día 29 de agosto del 2025, se publicó la Convocatoria para la Inscripción de Candidaturas a elecciones de puestos de Junta Directiva y Fiscalía, de conformidad a lo que establece el artículo 30 del Reglamento para el Trámite de las Elecciones del Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica.
Tercero: Que se recibieron las postulaciones de las personas interesadas en participar en el proceso electoral, en el plazo perentorio que el Tribunal Electoral estableció, el cual finalizó a las 17hrs del viernes 19 de setiembre del 2025.
Cuarto: Que el lunes 22 de setiembre de 2025, en Sesión Ordinaria N°12-2025 el Tribunal Electoral llevó a cabo la revisión y análisis de las postulaciones de todas las personas aspirantes y se emite la siguiente resolución:
Primero: Una vez revisadas y analizadas en todos los extremos las postulaciones para los puestos de elección anteriormente indicados, así como las adhesiones que las respaldan, este Tribunal Electoral declara a las personas postulantes que se detallan a continuación:
| Nombre Persona candidata |
Cód. Profesional | Nombre Persona candidata |
Cód. Profesional |
| Dra. Natalia Sánchez Arias, MSc. | 7898 | Dr. Randall Eliseo Solís Márquez, Lic. | 13611 |
| Puesto | Nombre de la persona candidata | Cód. Profesional |
| Vicepresidencia | Dr. Luis Emilio Corrales Campos, MPSc. | 1205 |
| Segunda Vocalía | Dra. Laura Bogantes Matamoros, Licda. | 2384 |
| Tercera Vocalía | Dra. Wendy Paola Zúñiga Sánchez, Licda. | 10490 |
Segundo: Con plena facultad de sus competencias, el Tribunal Electoral del Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica, declara las anteriores candidaturas de carácter definitivo, por haber cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 31 del Reglamento para el Trámite de las Elecciones del Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica.
Tercero: Examinada y analizada en todos los extremos las postulaciones individuales y grupales, el Tribunal Electoral no puede declarar inscritas las siguientes postulaciones: Lic. Eduardo Sánchez Castro para el puesto de Vicepresidencia; Lic. Manfred Alonso Rodríguez Cruz para el puesto de la Fiscalía, así como la postulación de la Agrupación Emprendamos, por cuanto no cumplieron con la totalidad de los requisitos establecidos para inscribir su candidatura tanto individual, como para agrupación, según lo indica el punto tercero del artículo 31 del Reglamento para el Trámite de las Elecciones del Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica.
Cuarto: La presente declaratoria es aprobada en firme y por unanimidad, en Sesión Ordinaria N°12-2025, celebrada el 22 de setiembre de 2025.
Tribunal Electoral – CPPCR
Tiene a su cargo la organización, dirección, vigilancia y la transparencia de todos los Procesos Electorales del CPPCR.